ACUERDO DEL JUEZ DE COMPETICIÓN DE LA LEPM
16 de mayo de 2022
CONSIDERANDO:
1.- Que el 16-5-2022, la empresa Aspe Pelota ha trasladado a la LEPM que el pelotari ALTUNA
III, por motivo del estado de su mano, no está en disposición de poder participar en la fecha
programada en el partido por el 3º y 4º puesto del Campeonato Manomanista que le debía
enfrentar a JAKA.
2.- Que el reglamento de la competición no contempla la posibilidad de concesión de
aplazamientos.
3.- Que el reglamento de la competición establece que: “Si un pelotari no pudiera disputar el
partido por el 3º y 4º puesto, el partido se le dará por perdido, computándose dicho resultado a
la hora de confeccionar el ranking o clasificación de la presente edición del campeonato”.
Por lo expuesto,
ACUERDO:
Determinar que JAKA ocupa la 3ª posición en el Campeonato Manomanista de la LEPM 2022,
mientras que ALTUNA III sería el 4º clasificado.
Frente a lo acordado no cabe recurso alguno.
Borja Osés García. Juez de Competición LEPM.