NOTA DE PRENSA
LIGA DE EMPRESAS DE PELOTA A MANO
ESKU PILOTA ENPRESEN LIGA
RESOLUCIÓN DEL JUEZ ÚNICO DE COMPETICIÓN DE LA LEP.M DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2004 POR LA QUE SE APLAZA LA FINAL DEL CAMPEONATO DEL 4 Y 1/2, INICIALMENTE PREVISTA PARA EL DÍA 19 DE DICIEMBRE DE 2004, Y SE ESTABLECE SU DISPUTA PARA EL DÍA 26 DE DICIEMBRE DE 2004.
En Zaratuz – Gipuzkoa, a 9 de diciembre de 2004
HECHOS
ÚNICO.- El día 7 de diciembre de 2004 ha tenido entrada en la LEP.M una petición cursada por la empresas Aspe Pelota por la que, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de la citada competición, se solicita el aplazamiento de la final del Campeonato del 4 y 1/2, inicialmente prevista para el día 19 de diciembre de 2004. A dicha solicitud se ha adjuntado un informe médico, rubricado por el responsable de los servicios médicos de la citada empresa, en el que se dice:
«El pelotari Abel Barriola Escurra presenta un proceso doloroso e inflamatorio en su mano derecha, como consecuencia del partido disputado ayer lunes en el frontón Beotibar de Tolosa.
El dolor se localiza a nivel de la cabeza del 4º metacarpiano y es motivado por la inflamación en la polea del flexor del 4º dedo.
Se inicia tratamiento de rehabilitación mediante la aplicación de electroterapia, ultrasonidos, crioterapia y masaje. Así mismo, se prescriben anti-inflamatorios no esteroideos por vía oral.
Considero necesario guardar reposo deportivo – evitando el golpeo de la pelota con esa mano – durante varios días, en función de la evolución del componente doloroso e inflamatorio».
Resultan de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS NORMATIVOS
I.- De conformidad con lo previsto en el Reglamento del Campeonato del 4 y 1/2 de la LEP.M, el Juez Único de Competición de dicha entidad es competente para conocer cuantos aspectos competicionales, incluido el aplazamiento de la final, se produzcan a lo largo del evento.
II.- El apartado del Reglamento del Campeonato de la LEP.M del 4 y 1/2 señala en su apartado destinado a la final que:
«La final se disputará a un solo partido que se celebrará, inicialmente, el día 19 de diciembre de 2004.
…….
Si concurren circunstancias que impidan a alguno los clasificados participar en la final del campeonato en la fecha prevista inicialmente, ésta podrá ser pospuesta para otra fecha si el Juez Único de Competición de la LEP.M así lo estimase. El pelotari que se viese imposibilitado para disputar la final en la fecha inicialmente programada deberá informar a la LEP.M tan pronto se den las circunstancias que impidan su participación. Si tal petición estuviese relacionada con aspectos relativos a su salud, el pelotari deberá aportar un informe médico elaborado al efecto por el médico de la empresa a la que pertenece y que establezca una fecha a partir de la cual es previsible que el pelotari se encuentre restablecido para la disputa de la final. El Juez Único de Competición de la LEP.M, oído al Comité Deportivo, decidirá sobre la concesión o no del aplazamiento, fijando -en caso de ser concedido- una nueva fecha para la final que, en cualquier caso, habría de ser disputada dentro de las tres semanas siguientes a la finalización de la liguilla de semifinales.
Si, concedido el aplazamiento y fijada una fecha para la final, un pelotari se encontrase imposibilitado para su disputa su puesto será ocupado por el tercer clasificado en la liguilla de semifinales y si éste también se encontrara imposibilitado para ello por el cuarto clasificado».
A la vista de los hechos y fundamentos normativos que anteceden, se hace preciso tener presentes las siguientes,
CONSIDERACIONES
La solicitud de aplazamiento solicitada por la empresa Aspe Pelota, a instancia del pelotari Don Abel Barriola, se ha justificado en determinado problema de salud del citado pelotari y se ha acompañado la documentación preceptiva (un informe médico suscrito por el médico de la empresa en cuestión).
De esta forma, el aplazamiento sería viable siempre y cuando la disputa de la final se produzca dentro del límite máximo temporal que figura en el reglamento de la competición, esto es, tres semanas desde la finalización de la fase de la liguilla de semifinales o lo que es lo mismo, el día 26 de diciembre de 2004.
A la vista de la documentación que ha sido aportada y las consideraciones que figuran en la presente resolución, tras el preceptivo trámite de audiencia al Comité Deportivo de la LEP.M,
RESUELVO
Admitir la solicitud de aplazamiento que – a instancia del pelotari Don Abel Barriola – ha sido cursada por la empresa a la que éste pertenece, estableciendo como fecha de la final de Campeonato de la LEP.M del 4 y 1/2 el día 26 de diciembre de 2004.
Frente a la presente resolución no cabe, en el seno de la Liga de Empresas de Pelota a Mano, recurso alguno.
Y para que así conste, suscribo la presente resolución en lugar y fecha de encabezamiento.
Juez Único de Competición LEP.M
LUGAR DE LA FINAL
Por la presente se informa que la final del Campeonato de la LEP.M del 4 y 1/2, a celebrar el día 26 de diciembre de 2004, tendrá lugar en el frontón Ogueta de Vitoria – Gasteiz, dando comienzo el festival a las 17:00 horas.